Jubilación anticipada: tipos y requisitos

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Imagen Jubilación anticipada: tipos y requisitos
Maite Astoreka (11/08/2021) Bienestar

A medida que nos acercamos a los sesenta, tenemos especial interés en saber cuales son las opciones de jubilación que se nos pueden presentar, entre estas está la jubilación anticipada. La jubilación anticipada ocurre cuando un trabajador decide terminar su actividad laboral antes de la edad establecida. En España, concretamente, actualmente la edad de jubilación es de 65 años. 


Dentro de la jubilación anticipada podemos encontrar diferentes opciones: 


Jubilación anticipada voluntaria

La jubilación anticipada voluntaria puede ser solicitada por las personas que han cumplido la edad inferior en dos años a la requerida. No se aplican las bonificaciones para ciertos oficios que son calificados como peligrosos, tóxicos o penosos. 


Además, los demandantes de esta jubilación voluntaria deberán acreditar un mínimo de 35 años cotizados, de los cuales los últimos 2 deben haberse dado en los últimos 15. No se concede la jubilación anticipada si la cuantía a recibir es inferior a la pensión mínima. A diferencia de la jubilación anticipada voluntaria, la forzosa no es solicitada voluntariamente por parte del trabajador. Entre los causantes del cese de la actividad laboral se encuentran las causas económicas.

Para ampliar esta información puedes acceder al portal de la Seguridad Social



Jubilación anticipada forzosa

A diferencia de la jubilación anticipada voluntaria, la forzosa no es solicitada voluntariamente por parte del trabajador. Entre los causantes del cese de la actividad laboral se encuentran las causas económicas. 


En este caso el pensionista debe tener cumplido la edad inferior a 4 años de la requerida. Similar a lo comentado anteriormente, no se tienen en cuenta las bonificaciones por ciertos oficios. En cuanto a la cotización, las personas que demanden este recurso deberán acreditar un mínimo de 33 años. El servicio obligatorio militar sólo computará un máximo de un año. 


Puedes encontrar más información aquí



Jubilación anticipada por discapacidad

Esta jubilación se concede únicamente a aquellos trabajadores que tienen una discapacidad superior al 45%, este inclusive. En cuanto a los requisitos para su demanda, la edad mínima requerida es de 56 años, y entre las discapacidades que pueden dar a la jubilación anticipada están: 


    - Discapacidades mentales

    - Parálisis cerebral 

    - Anomalias genéticas

    - Trastornos del espectro autista 

    - Anomalías congénitas secundarias a Talidomida

    - Secuelas de polio o síndrome postpolio

    - Daño cerebral 

    - Enfermedad mental

    - Enfermedad neurológica 


Puedes consultar en el Real Decreto 1851/2009 las discapacidades que afectan en la reducción de edad de la jubilación. 



Jubilación anticipada por actividad desempeñada

La edad requerida puede ser reducida si la actividad laboral que se ha desempeñado se da en trabajos denominados peligrosos, tóxicos o penosos. Entre estos oficios podemos encontrar: 


    - Trabajadores incluido en Estatuto Minero

    - Personal de vuelo de trabajos aéreos

    - Artistas (cantantes, bailarines, trapecistas, etc.)

    - Trabajadores ferroviarios

    - Profesionales taurinos

    - Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos

    - Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza

    - Policías locales 


En cada uno de estos oficios se aplican requisitos diferentes como pueden ser la edad mínima de jubilación, años de cotización y reducción. Puedes ampliar la información en este enlace

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